YPF en juego: el Gobierno pidió a la Justicia de EE.UU. frenar el fallo por la expropiación

El Gobierno argentino solicitó formalmente a la jueza Loretta Preska, del Tribunal del Distrito Sur de Nueva York, que suspenda la ejecución del fallo que ordena entregar el 51% de las acciones de YPF a los fondos demandantes Burford Capital y Eton Park. La medida responde a la sentencia dictada esta semana, que condenó al Estado a pagar más de US$16.000 millones por la forma en que se estatizó la petrolera en 2012.

Nacionales02/07/2025LFMLFM
Principales argumentos del pedido de Argentina
Principales argumentos del pedido de Argentina

En la presentación judicial, la administración nacional advirtió que cumplir con esa orden generaría un “daño irreparable” para el país, al tratarse de una empresa estratégica para la soberanía energética, que emplea a más de 23.000 personas y cuya mayoría accionaria está protegida por ley. La defensa citó la ley 26.741, que exige que el Estado conserve el control accionario de la compañía y que cualquier modificación pase por el Congreso.

El escrito sostiene que la sentencia es parcial y aún no fue revisada por un tribunal superior, por lo que su ejecución resultaría apresurada e injustificada. De no obtener la suspensión, el Gobierno anticipó que acudirá al Segundo Circuito de Apelaciones.

Los cuatro argumentos principales de la defensa argentina:
 1. Altas probabilidades de éxito en la apelación:
La Casa Rosada sostiene que el fallo será revertido, por lo que no corresponde ejecutar una sentencia aún no firme.
 2. Perjuicio irreparable para la Argentina:
Perder el control de YPF, la principal empresa energética del país, sería un daño institucional y económico de enorme magnitud.
 3. Los demandantes no se verían perjudicados:
La suspensión del fallo mantendría el status quo y no afectaría los intereses inmediatos de Burford Capital ni Eton Park.
 4. El interés público justifica la suspensión:
El caso no es un litigio comercial común, sino uno que involucra a un Estado soberano y su ordenamiento legal interno.


Finalmente, el escrito concluye que, si la suspensión no se concede de inmediato, se habilite al menos una suspensión provisoria que permita al Estado gestionar la apelación ante una instancia superior.

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