Glifosato:marcha atrás con la ley emblemática de la etapa Rovira

El bloque Movimiento por lo que Viene presentó en la Legislatura un proyecto,  para eliminar la prohibición general del glifosato prevista en la Ley de Bioinsumos. La propuesta mantiene la transición hacia productos más amigables con el ambiente, pero la condiciona a que existan alternativas autorizadas y disponibles. El cambio también marca una señal política: comienzan a revisarse decisiones adoptadas durante la etapa anterior.
General28/08/2026LFMLFM
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La Cámara de Representantes de Misiones incorporó este jueves para su tratamiento en comisión un proyecto que propone modificar de manera sustancial la Ley VIII Nº 103, conocida como Ley de Bioinsumos, y eliminar la prohibición general del uso de glifosato prevista en su artículo 7. La iniciativa lleva las firmas de los 18 diputados del bloque Movimiento por lo que Viene y plantea reemplazar el esquema original por una transición progresiva hacia otros productos, pero sin establecer una prohibición automática mientras no existan alternativas debidamente autorizadas para el sector productivo. 

La ley sancionada en 2023 estableció un marco para promover la producción y utilización de bioinsumos en Misiones e incorporó, en su artículo 7, la prohibición del glifosato, sus componentes y productos afines. La norma había fijado inicialmente un período de transición antes de la entrada en vigencia de esa prohibición. Sin embargo, su aplicación comenzó a ser prorrogada posteriormente por el Poder Ejecutivo ante las dificultades planteadas por distintos sectores productivos para encontrar productos sustitutos.

En 2024, el Decreto 1608 estableció una prórroga de cinco años para determinados sectores que debían cumplir exigencias específicas para comercializar su producción. Un año más tarde, el Decreto 1675 extendió la excepción a todas las actividades agrícolas y forestales de Misiones y dispuso que se mantuviera hasta que organismos nacionales o autoridades de los países compradores autorizaran alternativas consideradas más amigables con el ambiente.

La propuesta deroga el actual artículo 7 e incorpora una nueva redacción según la cual la utilización obligatoria de bioinsumos quedará condicionada a que los organismos nacionales competentes o los países de destino de las exportaciones misioneras hayan autorizado fitosanitarios alternativos. Además, faculta al Poder Ejecutivo provincial a determinar los plazos, condiciones y requisitos para avanzar hacia una transición progresiva.

Una decisión productiva con lectura política

El debate sobre el glifosato tiene un componente productivo evidente, pero el momento en que se produce la modificación también incorpora una dimensión política. La Ley de Bioinsumos fue una de las iniciativas impulsadas durante la etapa de conducción política de Carlos Rovira y había sido defendida como parte de una estrategia provincial orientada a reemplazar progresivamente determinados productos químicos por alternativas biológicas.

El reclamo del sector productivo

Desde su sanción, la prohibición había generado objeciones entre productores, cooperativas, industrias y entidades vinculadas al agro y la forestoindustria. Uno de los principales cuestionamientos era que la legislación fijaba un plazo para abandonar el glifosato sin que estuvieran disponibles productos sustitutos con eficacia comprobada, costos competitivos y autorizaciones suficientes para todas las actividades productivas.

La Confederación Económica de Misiones también respaldó este viernes la modificación y sostuvo que las decisiones sobre producción agropecuaria y forestal deberían sustentarse en evidencia científica y diálogo con los sectores involucrados. La entidad afirmó que, tres años después de la sanción de la norma, todavía no existe un reemplazo biológico que pueda aplicarse con igual eficacia a todas las condiciones productivas de la provincia.

Si el nuevo proyecto es aprobado, la prohibición expresa desaparecerá de la ley. En su lugar quedará establecido un sistema de transición condicionado a la disponibilidad y autorización de alternativas. Es decir, ya no se trataría solamente de postergar una fecha: cambiaría el criterio con el que fue concebida originalmente la norma.

Fuentes: Cámara de Representantes de Misiones; Ley VIII Nº 103; decretos provinciales 1608/2024 y 1675/2025; declaraciones legislativas y entidades del sector productivo.

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