Hacienda concentra los giros al Parque de la Salud: qué cambia con el Decreto 886

La norma suspendió retroactivamente el sistema de programaciones trimestrales elaborado por la Fundación y autorizó una transferencia de $140.000 millones. Hacienda tendrá mayor intervención sobre los desembolsos durante 2026, aunque el decreto no precisa qué criterios aplicará.
Provinciales15/09/2026LFMLFM

El Gobierno de Misiones modificó durante todo 2026 el mecanismo utilizado para transferir recursos al Parque de la Salud “Dr. Ramón Madariaga”. La decisión fue establecida mediante el Decreto 886, firmado el 26 de mayo por el gobernador Hugo Passalacqua y el ministro de Hacienda, Adolfo Safrán, pero publicado este martes 15 de septiembre en el Boletín Oficial 16.674.

La medida tiene efecto retroactivo al 1.º de enero y suspende hasta el 31 de diciembre el artículo 6 del Decreto 83/2011, que regulaba el procedimiento utilizado por el organismo para programar la recepción de los recursos provinciales.

Cómo funcionaba hasta ahora

El mecanismo anterior establecía que el Ministerio de Hacienda transfería los fondos sobre la base de una programación trimestral de inversiones confeccionada por el propio Parque de la Salud.

En otras palabras, la Fundación proyectaba sus necesidades para cada trimestre y, a partir de esa planificación, se instrumentaban los desembolsos destinados a los hospitales, institutos y servicios que integran el organismo.

Con el Decreto 886, esa programación queda suspendida durante 2026. Hacienda queda facultada para instrumentar las transferencias contempladas en el Presupuesto, mientras que el Servicio Administrativo de Salud Pública y la Contaduría General deben proceder a su liquidación, pago y depósito en la cuenta oficial del Parque.

La norma no elimina los recursos ni modifica su destino sanitario, pero otorga al Ministerio de Hacienda una mayor intervención sobre la instrumentación de los giros. Tampoco establece qué parámetros deberá considerar para determinar las fechas y los montos de cada desembolso.

Un aporte de $140.000 millones

El mismo decreto autoriza el otorgamiento de una transferencia no reintegrable de $140.000 millones, dividida en dos partidas: una de $77.000 millones y otra de $63.000 millones.

En los fundamentos se señala que el dinero fue solicitado por el propio Parque de la Salud y que constituye un “aporte parcial” para su funcionamiento.

Sin embargo, la publicación oficial autoriza el otorgamiento de la transferencia, pero no permite determinar por sí sola cuándo fueron efectivamente acreditados los recursos ni si entre enero y mayo se realizaron desembolsos sin aplicar la programación trimestral que ahora fue suspendida retroactivamente.

El texto fundamenta el cambio en la necesidad de otorgar mayor “celeridad y flexibilidad” a la administración de los recursos frente a las necesidades variables del sistema sanitario. No explica, en cambio, por qué la suspensión se retrotrajo a enero ni por qué el decreto fue publicado casi cuatro meses después de su firma.

Consultar el Decreto 886 en el Boletín Oficial 16.674

Qué financia el Parque de la Salud

La Ley XVII-70 define al Parque de la Salud como un ente público descentralizado, cuya administración y gobierno se encuentran a cargo de una fundación.

Su estructura comprende servicios de alta complejidad, entre ellos los hospitales Madariaga, Materno Neonatal, Pediátrico Fernando Barreyro, Favaloro y Fátima; el Instituto Misionero del Cáncer, el Instituto de Genética Humana, el Banco de Sangre, la Red de Traslados y el Laboratorio de Alta Complejidad de Misiones.

La legislación dispone que su funcionamiento debe financiarse con un porcentaje no menor al 25% de los ingresos de Rentas Generales recaudados por la Provincia, una partida específica fijada anualmente en el Presupuesto y otros recursos que puedan establecerse.

La misma ley garantiza formalmente la autonomía financiera del Parque y establece que el dinero recibido debe utilizarse exclusivamente para el cumplimiento de sus objetivos sanitarios, asistenciales, científicos y de formación.

Consultar el texto oficial de la Ley XVII-70

La conducción de la Fundación Parque de la Salud 

Según el organigrama publicado por el propio Parque de la Salud, Carlos Eduardo Rovira ocupa la presidencia honoraria de la Fundación; el contador Daniel Rubén Hassan es su presidente formal y el intendente de Posadas, Leonardo Stelatto, su vicepresidente. Jorge Martín Cesino figura como secretario y Carlos Arce como tesorero.

Consultar las autoridades del Parque de la Salud

La composición de la conducción incorpora una dimensión política al cambio. En medio del reordenamiento interno del oficialismo, la decisión podría interpretarse como una recentralización del circuito financiero sanitario en manos del Ejecutivo y una reducción temporal del margen operativo de la Fundación.

No obstante, el decreto no acredita por sí mismo una ruptura ni un desfinanciamiento: los recursos continúan destinados al Parque y deben depositarse en su cuenta. Lo que cambia es el procedimiento previo a los desembolsos y la mayor intervención que tendrá Hacienda en su instrumentación durante 2026.

Quedan dos preguntas centrales: por qué el mecanismo fue suspendido con efecto retroactivo y qué criterios objetivos utilizará Hacienda para determinar el momento y el monto de cada transferencia durante el resto del año.

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