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title: "Misiones deberá transparentar el destino de los fondos del tabaco"
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description: "La nueva normativa obliga al Ministerio del Agro y la Producción a publicar cuánto dinero recibe la provincia del Fondo Especial del Tabaco, cuándo ingresa, a quién se asigna y cuál es su destino. La información deberá actualizarse dentro de las 72 horas hábiles y permanecer disponible durante al menos diez años."
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date_published: "2026-09-03T12:49:00-03:00"
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  - "FET"
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# Misiones deberá transparentar el destino de los fondos del tabaco

![FET](/download/multimedia.miniatura.9b964704e84b4af2.bWluaWF0dXJhLndlYnA%3D.webp)

*FET*

Misiones incorporó una nueva obligación de transparencia sobre los recursos del **Fondo Especial del Tabaco** **(FET)**, uno de los principales mecanismos de financiamiento de la actividad tabacalera provincial.

La Ley VIII Nº 123 fue promulgada mediante el Decreto 1711 y publicada este jueves 3 de septiembre en el Boletín Oficial. La norma crea el Portal de Transparencia del Fondo Especial del Tabaco, que estará bajo responsabilidad del Ministerio del Agro y la Producción y deberá ser de acceso público y gratuito.

### Qué deberá informarse

A partir de la nueva ley, **cada vez que se acrediten recursos** correspondientes al FET, **la Provincia deberá publicar dentro de las 72 horas hábiles el monto recibido**, la fecha de ingreso del dinero y el concepto y período al que corresponde la transferencia.

### Pero la obligación no se limita a informar cuánto dinero entra.

También deberán publicarse los actos administrativos mediante los cuales esos recursos sean posteriormente asignados o transferidos, identificando el expediente correspondiente, el monto, el organismo, entidad o beneficiario y el destino específico de los fondos.

De esta manera, el sistema permitirá seguir el recorrido del dinero desde su ingreso a las cuentas provinciales hasta su aplicación final.

### Cómo funcionaba hasta ahora

Hasta la sanción de esta normativa, la información sobre**los movimientos del FET podía conocerse a través de resoluciones, anuncios oficiales, liquidaciones a productores o comunicaciones vinculadas a distintos programas.**

Sin embargo, **no existía una obligación provincial específica que concentrara toda esa información** en un único portal público ni que estableciera un plazo uniforme para informar cada acreditación y posterior distribución.

**Con la nueva ley**, esa publicidad deja de depender de comunicaciones puntuales y **pasa a convertirse en una obligación permanente de la administración provincial.**

Los datos deberán además publicarse en formatos abiertos, descargables y reutilizables, sin necesidad de registrarse ni justificar el motivo de la consulta, y permanecer disponibles por un período mínimo de diez años.

### Un fondo clave para la actividad tabacalera

El Fondo Especial del Tabaco **se financia a partir de impuestos aplicados a los productos derivados del tabaco y luego distribuye recursos entre las provincias productoras.**

Una parte significativa de e**sos fondos llega directamente a las provincias para complementar el ingreso de los productores**, mientras que otra se canaliza a través de programas destinados a asistencia, diversificación productiva, infraestructura y otras políticas vinculadas al sector.

La nueva legislación alcanza especialmente a los recursos correspondientes al 80% de la recaudación distribuible del FET que reciben las provincias productoras y busca darle mayor trazabilidad a su administración.

**La medida adquiere relevancia por el volumen de dinero involucrado**. Para septiembre, por ejemplo, se encuentra **previsto el pago de más de $8.612 millones de la denominada Caja Verde a unos 12.050 productores misioneros,**correspondientes a alrededor de 43,6 millones de kilos de tabaco.

Con la promulgación de la Ley VIII Nº 123, productores y ciudadanos podrán consultar de manera sistemática cuánto dinero del Fondo Especial del Tabaco ingresa a Misiones y cómo se utiliza.

**Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Misiones**

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